Fue condenado José Erley Ramírez Garcés, por los delitos de secuestro agravado y acceso carnal violento agravado contra su hijastra de 13 años, hechos que ocurrieron en el departamento de Caldas.

El caso se registró el 29 de abril de 2025, donde José Erley Ramírez Garcés engañó a la menor, convenciéndola de no asistir a estudiar con el argumento de que visitarían una vivienda destinada como regalo para su madre.
En el trayecto hacia la vereda, el pastor la inmovilizó atándola de manos, piernas y cuello, hasta llegar a la finca donde ocurrió el suceso. Durante un descuido del pastor, la menor logró desamarrarse y huir.
Las personas que transitaban por el lugar, oyeron los gritos de auxilio da de la víctima y la protegieron, mientras intentaban retener a José Erley Ramírez Garcés.
Este es uno de los casos judiciales más impactantes que ocurrió en Colombia el 2025. El caso fue llevado al juzgado luego de que el acusado no aceptara los cargos en la etapa preliminar, lo que habría significado enfrentarse a un juicio público y una posible pena de más de 40 años si era vencido en juicio.
El fallo dictado por el juzgado Segundo Penal del Circuito de Chinchiná Caldas impuso una sentencia de 43 años y 6 meses de prisión a José Erley Ramírez Garcés por los delitos de secuestro agravado y acceso carnal violento agravado. Además, lo excluyen de cualquier beneficio carcelario y obligan al condenado a cumplir la totalidad de la pena tras los hechos que conmocionaron a la comunidad.
El abogado de la víctima Julián Andrés Martínez, le dijo al diario La Patria que “El feminicidio es el homicidio de una mujer por su condición de ser mujer o por motivos relacionados con su identidad de género, según el artículo 104A del Código Penal colombiano”. Añadiendo que para configurarse el delito de tentativa de feminicidio, debe existir una historia clínica que demuestre que la víctima estuvo al borde de la muerte, circunstancia que no se constató en este caso.
Cabe destacar que, el acceso carnal violento conlleva penas de 12 a 20 años, y se agrava en situaciones donde el agresor es el padre u otro familiar de la víctima si existen tratos crueles o inhumanos, circunstancias presentes en este caso. El delito de secuestro, por su parte, lleva penas adicionales de similar gravedad.







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